
El terrorismo de Estado impuesto por el gobierno de facto en Venezuela ha llevado progresivamente a una mutación de las figuras tradicionales de violación de derechos humanos hacia otras más sofisticadas. Esta mutación tiene dos propósitos. Por un lado, imponer formas contundentes de represión que envíen mensajes claros a determinados sectores de la población para afianzar el terror. Por otra parte, intentar evadir el escrutinio internacional mediante recursos sutiles que diluyen la línea divisoria entre diferentes prácticas violatorias del derecho a la libertad personal.
El 28 de febrero, el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos publicaron un comunicado de prensa conjunto sobre las desapariciones forzadas en Venezuela y su incremento en fechas anteriores y posteriores a la elección presidencial del 28 de julio. El grupo de expertos recordó que “las autoridades estatales que detienen a las personas y se niegan a reconocer que están bajo su custodia u ocultan su suerte y paradero, las colocan fuera de la protección de la ley”. Agregando que “estos actos constituyen desapariciones forzadas independientemente de la duración de la detención o el ocultamiento”.
Además de las fuerzas armadas y policiales, el grupo de expertos identificó al poder judicial, la defensoría pública y la fiscalía general como implicados en estas prácticas, lo que evidencia que se trata de una política de Estado con una multiplicidad de actores más allá de los órganos tradicionalmente involucrados, cuya participación garantiza la impunidad, y por ende, la repetición crónica de violaciones graves de derechos humanos por razones políticas En esta fase agravada de represión, el Estado ha abandonado cualquier apariencia de legalidad a través de las formas, tanto que, como afirman los expertos, “denuncias y recursos de habeas corpus no están siendo procesados, y en ocasiones, ni siquiera aceptados”.
Por otra parte, la Relatora Especialsobre la torturay otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes dio a conocer a comienzos de febrero un estudio sobre la toma de rehenes como tortura, en el cual hace referencia a Venezuela entre los países en los que se alega que “ciudadanos extranjeros han sido detenidos arbitrariamente con el fin de utilizarlos como influencia financiera, política o de otro tipo”. El estudio hace referencia a dos casos de ciudadanos de EE.UU. canjeados en oportunidades diferentes por el gobierno venezolano a cambio de los sobrinos de la esposa de Maduro, en un caso, y por el alivio de sanciones, en otro.
La experta reconoce que “la toma de rehenes se superpone con otras cuestiones internacionales de derechos humanos, como las desapariciones forzadas y las detenciones arbitrarias” y recuerda que el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias ha señalado que “una situación de toma de rehenes también constituiría una desaparición forzada cuando se oculta a los familiares la suerte y el paradero de los seres queridos”.
Lo cierto es que se trata de variaciones perversas de la detención arbitraria que sustraen a la víctima de la protección de la ley y que pretenden interferir no sólo con la vida de las familias y comunidades afectadas, sino con los Estados en el manejo de sus relaciones internacionales
En el caso de la toma de rehenes, el mismo Maduro ha afirmado que unos 150 extranjeros se encuentran detenidos en Venezuela. Aunque el gobierno de facto afirma que se trata de mercenarios, unos pocos han sido canjeados, lo que confirma su cualidad de rehenes. En el caso de los extranjeros, la sustracción de la protección de la ley se extiende a la negación de la protección consular, práctica identificada tanto por el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias como por la Relatora sobre Tortura.
La falta de comunicación es otra práctica identificada por el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias y señalada como parte de la tortura a los rehenes por la experta en tortura. La incomunicación se ha vuelto recurrente en Venezuela, afectando tanto a rehenes extranjeros como a presos políticos nacionales.
Venezuela presenta además un caso particular donde las personas no son extranjeras ni están desaparecidas ni incomunicadas, pero son usadas como piezas de presión ante otro país, como es el caso de los asilados en la embajada de Argentina, al cual ya nos hemos referido. En este caso, es dable afirmar que los asilados padecen de una detención arbitraria con fines políticos, al transgredirse los principios fundamentales del asilo, y más aún, socavarse una de las instituciones más importantes del Derecho Internacional.
Otra práctica observada en Venezuela es la del condicionamiento de la excarcelación de presos políticos a cambio de cumplimiento de exigencias que realiza el gobierno de facto. La arbitrariedad de las detenciones es de tal magnitud que quienes detentan el poder no se preocupan de disfrazarlas de legalidad, sino que exigen concesiones a quienes solicitan una liberación.
Por último, se ha generalizado el uso de las detenciones extorsivas. Si bien es una antigua práctica, su utilización ha sido recurrente después de las protestas por el fraude electoral. La tarifa para liberar a una persona inocente puede comenzar por US $20.000 y terminar transándose en 2 o 4 mil dólares. Las víctimas ya no son perseguidos políticos, sino cualquier ciudadano que tenga la desventura de toparse con un grupo de funcionarios corruptos.
La instrumentalización de la libertad personal no puede pasar desapercibida para la comunidad internacional. Los diálogos interactivos sobre Venezuela en la próxima sesión del Consejo de Derechos Humanos son una oportunidad para hablar alto y claro sobre estos hechos, rompiendo el silencio impuesto por la coacción de quienes detentan el poder.