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¿Hay un espacio para la sociedad civil en las negociaciones?

Foto: EFE

Nuestro análisis anterior se enfocó en el papel que podría jugar la ONU en este nuevo espacio que se abre con la firma del “Segundo Acuerdo Parcial para la Protección del Pueblo Venezolano”. A continuación, se comparten algunas reflexiones sobre el posible papel de la sociedad civil en el marco de este acuerdo y más allá de él.

Lo primero que hay que recordar es que las organizaciones de la sociedad civil (OSC) no llegan a estos posibles espacios desde el vacío de la inexperiencia, al menos en los temas humanitarios y de derechos humanos. En los últimos veinte años, y más allá del cierre progresivo del espacio democrático, las OSC no se han negado a acudir a espacios de consulta sobre asuntos de interés nacional. Entre estas experiencias cabe recordar la fijación de parámetros para la posible creación de una comisión de la verdad después del golpe de Estado de abril de 2002, el marco de interacción con la Defensoría del Pueblo en 2015, los términos para participar en la elaboración del primer plan nacional de derechos humanos y la incidencia ante el secretario general de la ONU en 2016 para que se reconociera la existencia de una emergencia humanitaria en el país.

Todos estas experiencias tuvieron al menos dos características en común, entre las que destacan el establecimiento previo de un marco de actuación acordado por consenso entre las organizaciones, con fundamento en estándares internacionales sobre las materias a tratar y, además, el trabajo con base en principios y formas, por encima de la negociación de “cuotas” de participación.

Sin embargo, también ha habido experiencias recientes en las que se incurrieron en errores -no reconocidos por todos los involucrados- que han colocado a las OSC en un terreno difícil de manejar, debido al riesgo de asumir un papel que le corresponde principalmente a los actores políticos. Buena parte de los errores de estas experiencias se deben precisamente a la ausencia de una posición consensuada previamente sobre los términos de la aceptación de las convocatorias del oficialismo, y la participación activa en la negociación de cuotas para órganos como el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Supremo de Justicia, sin una visión crítica sobre la legitimidad de origen de ambas convocatorias.

Si bien es cierto que los aspectos sustantivos son de la mayor importancia en los espacios de participación, las experiencias recientes demuestran que las formas, el cómo y la preponderancia de los principios por encima de los medios son aspectos que exigen una consideración similar y pausada, especialmente cuando tales espacios de participación están condicionados por contextos no democráticos.

En tal sentido, no basta con demandar espacios de participación en el marco del “Segundo Acuerdo Parcial para la Protección del Pueblo Venezolano”, si estas demandas no van acompañadas de exigencias sobre el tipo de participación. Al respecto Transparencia Venezuela ha elaborado un conjunto de pautas a tener en cuenta en lo que respecta a la participación de la sociedad civil en la “formulación de propuestas y exigencias, haciendo seguimiento y contraloría” del proceso de negociación.

Como complemento a la propuesta de Transparencia Venezuela, cabe agregar:

  • Un diálogo genuino debe estar abierto a la participación plural y no condicionada
  • La sociedad civil debe entenderse en sentido amplio, incluyendo movimiento sindical, movimiento de derechos humanos, sector académico, organizaciones sociales en las áreas de desarrollo y trabajo humanitario, sector indígena y campesino
  • La vocería de la sociedad civil no puede ser escogida por el gobierno y la plataforma unitaria (en adelante, las partes), sino acordada por las mismas OSC, producto de un consenso
  • El sistema de Naciones Unidas puede prestar asistencia técnica a la sociedad civil para que, en una mesa social, defina su forma de operar, composición y mecanismos de toma de decisiones
  • Las partes no pueden asumir la vocería de la sociedad civil, hablar o decidir en su nombre
  • La mesa social debe asegurar canales fluidos de comunicación con los diversos sectores de la sociedad venezolana. Para ello se debe garantizar libre acceso a los medios de comunicación y el derecho a réplica y respetar el derecho de estos a buscar y difundir información
  • En determinadas circunstancias, la mesa social podrá acordar mantener, de manera temporal, un carácter reservado de temas cuyo debate público pueda poner en riesgo avances en los diálogos

Por último, es importante recordar que México es solo uno de varios espacios y oportunidades que se encuentran actualmente abiertos para el manejo de diferentes aspectos de la crisis que atraviesa Venezuela, por lo que la sociedad civil tampoco debe agotar sus esfuerzos en una sola iniciativa y, por el contrario, debe diversificar su terreno de incidencia. Los espacios de reivindicación de los derechos de los trabajadores, el escenario de negociación entre el gobierno colombiano y el ELN, el manejo de la emergencia humanitaria más allá del acuerdo parcial, el derecho a la participación de los millones de venezolanos en el exterior, son oportunidades para llenar de contenido los ámbitos de negociación, donde los derechos humanos no se reduzcan a objeto de una negociación, sino que se reconozcan como la base de esta. Todos estos espacios deben servir para llegar a acuerdos sobre hojas de ruta concretas para la plena efectividad de los derechos humanos, sin condiciones.