
El pasado 30 de diciembre, los 109 diputados de oposición que conformaban la mayoría de la Asamblea Nacional (AN) electa en 2015 para el período 2016 – 2021, se reunieron para decidir el futuro del gobierno de transición. Por una amplia mayoría – 72 votos a favor, 29 en contra y 9 abstenciones – los diputados de la AN 2016 – 2021 decidieron poner fin al interinato encabezado por Juan Guaidó. La decisión tiene repercusiones en los ámbitos político, jurídico y financiero, entre otros, pero queremos enfocarnos en el impacto en el terreno de los derechos humanos.
Como punto de partida, cabe precisar que, a lo largo de los años, el chavismo ha hecho todo lo que ha estado a su alcance para obstaculizar la labor de personas de la oposición favorecidas por el voto popular para cargos de diputados nacionales y regionales, gobernadores y alcaldes. Entre los recursos usados se encuentran inhabilitaciones, eliminación de competencias, reducción de presupuesto, nombramiento de gobiernos paralelos bajo la figura de “protectorados”, juicios montados sin debido proceso, persecución a diputados en violación de la inmunidad parlamentaria y hasta una declaración de nulidad de todos los actos de la AN con base en un pretendido desacato declarado por el Tribunal Supremo de Justicia controlado por el gobierno. En estas circunstancias, cualquier intento por ejercer el poder legítimamente obtenido a través del voto popular, resulta extremadamente difícil.
La situación del interinato no fue diferente, ya que se trataba de un gobierno sustentado en el artículo 233 de la Constitución, con bases más políticas que jurídicas, cuya sostenibilidad en el tiempo no parecía fácil de sustentar. De hecho, la sola referencia a una elección que debía realizarse “dentro de los treinta días consecutivos siguientes” del inicio del interinato, ya tropezaba con un obstáculo insalvable como era la imposibilidad de convocar una elección cuando tanto el órgano responsable (Consejo Nacional Electoral) como el despliegue logístico (a cargo de la Fuerza Armada), estaban subordinados a quien ejercía el poder real, que era y sigue siendo Nicolás Maduro.
Así las cosas, cualquier intento de afectar el rumbo de la situación de los derechos humanos en Venezuela por parte del gobierno interino, estaba destinado a avances poco significativos, como en efecto sucedió. A continuación, se presenta un breve balance del desempeño del interinato en este campo.
En el ámbito nacional, Guaidó nombró a un Comisionado Presidencial para los Derechos Humanos y Atención a las Víctimas, “con la misión de hacer seguimiento a los casos de violaciones de DDHH, llevar los casos a instancias internacionales y resarcir a las víctimas”. Sin embargo, la ausencia de poder real limitó su acción a elaboración de informes y realización de eventos sin capacidad de incidencia nacional, aunque sí con cierto alcance internacional.
Por iniciativa del Comisionado Presidencial para los Derechos Humanos y Atención a las Víctimas, se acordó una visita de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) al país, que debía realizarse en febrero de 2020. De nuevo, el poder de facto en manos de Maduro impidió el ingreso de la misión de la CIDH.
Aunque la representación del gobierno interino logró el reconocimiento necesario para ocupar el asiento del Estado en las sesiones de la CIDH, lo cierto es que las victimas y los defensores de derechos humanos no obtuvieron una respuesta efectiva, más allá de expresiones de solidaridad y empatía por parte de los representantes del interinato. Y no podía ser de otra manera, debido a la ausencia de poder real para hacer cumplir las demandas de los peticionarios. Quizás el mayor vacío en este ámbito fue la ausencia de una estrategia de seguimiento para la ejecución de algunos aspectos de las sentencias dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Una excepción la constituye la entrada en vigor del Protocolo de San Salvador en materia de derechos económicos, sociales y culturales, que había sido aprobado por la AN en marzo de 2015 y hasta publicado en Gaceta Oficial durante el gobierno de Hugo Chávez, pero cuyo instrumento de ratificación nunca fue consignado ante la Secretaría de la OEA. De esta manera, el interinato incorporó a Venezuela en la lista de países que adquieren obligaciones en estos derechos ante el sistema interamericano.
En ausencia de poder real, era poco lo que se podía esperar del gobierno interino en materia de derechos humanos. Por lo tanto, el fin del interinato no le agrega ni le resta mucho a la dinámica de trabajo en favor de la protección de los derechos humanos en Venezuela. En consecuencia, el reto futuro para la sociedad civil y la comunidad internacional consiste en aceptar que, independientemente del reconocimiento político o la legitimidad de origen y desempeño, hay un poder real ante el cual corresponde seguir exigiendo el respeto de los derechos de las personas que habitan Venezuela, en la medida en que ejerce control sobre población y territorio y mantiene responsabilidad internacional en la materia. Desconocer este espacio sería negarle a las víctimas su derecho a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.